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Senado: 129/15
Camara:

POR MEDIO DE LA CUAL SE CONTEMPLAN BENEFICIOS PENALES Y TRATAMIENTO DIFERENCIADO PARA LOS MIEMBROS DE LA FUERZA PUBLICA DE COLOMBIA QUE HAN SIDO CONDENADOS Y SON PROCESADOS POR CONDUCTAS PUNIBLES COMETIDAS EN OPERACIONES U OPERATIVOS PARA EL MANTENIMIENTO Y EL RESTABLECIENTO DEL ORDEN PUBLICO.

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.S: MARIA DEL ROSARIO GUERRA, ALVARO URIBE VELEZ, PALOMA VALENCIA, ALFREDO RANGEL SUAREZ, JOSE OBDULIO GAVIRIA, IVAN DUQUE MARQUEZ MARQUEZ, FERNANDO NICOLAS ARAUJO, ORLANDO CASTAÑEDA, DANIEL ALBERTO CABRALES, EVERTH BUSTAMANTE, ERNESTO MACIAS TOVAR, CARLOS FELIPE MEJIA, NOHORA TOVAR REY, SUSANA CORREA, RIGOBERTO BARON, HONORIO MIGUEL HENRIQUEZ, PAOLA HOLGUIN. H.R: WILSON CORDOBA MENA, FEDERICO EDUARDO HOYOS, MARGARITA RESTREPO, ESPERANZA PINZON, EDWARD RODRIGUEZ, HUGO HERNAN GONZALEZ, RUBEN DARIO MOLANO.
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Fecha de Presentación: 25 Noviembre 2015
Repartido a Comisión: SEGUNDA
Ponente Primer Debate: H.S. PAOLA HOLGUIN MORENO, THANIA VEGA DE PLAZAS Y RIGOBERTO BARON NEIRA
Ponente Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado: ARCHIVADO Articulo 190 ley 5/92 articulo 162 de la constitucion politica
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
Gaceta N° 971/15 Gaceta N° 191/16
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
Conceptos: Texto Rehecho:  
 
 
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate:
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: Primera Ponencia Cámara: Segunda Ponencia Cámara:
Texto Plenaria Cámara: Conciliación Cámara: Objeciones Cámara:
Conceptos: Texto Rehecho:  
 
 
Tema: MILITAR
Iniciativa: CONGRESIONAL
Resumen:
Esta iniciativa tiene por objeto el otorgamiento de beneficios penales y tratamiento diferenciado para los miembros de la Fuerza Pública. Esta iniciativa es aplicable a los miembros de las Fuerza Militares y de la Policía Nacional, respecto de las conductas descritas en la Ley como punibles, cometidas con anterioridad a la expedición de la presente ley en operaciones militares u operativos policivos para el mantenimiento y restablecimiento del orden público
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