Senado: 084/11
Camara:
POR MEDIO DE LA CUAL ACLARA LA COMPETENCIA DE LA JURISDICCIÓN ORDINARIA LABORAL EN LOS CONFLICTOS DE LA CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN, INSTITUTO DE SEGURO SOCIAL
TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.S. JORGE EDUARDO GECHEN TURBAY
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Fecha de Presentación: 17 Agosto 2011
Repartido a Comisión: SEPTIMA
Ponente Primer Debate: H.S. Gloria Inés Ramírez
Ponente Segundo Debate:
F. Aprobación Primer Debate: 12 Junio 2012
F. Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado: ARCHIVADO
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos: Primera Ponencia: Segunda Ponencia: Texto Plenaria: Conciliación
Gaceta No 604/11 Gaceta 936/11 Gaceta 443/13
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate:
Ponentes Segundo Debate:
F. Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
F. Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado:
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos: Primera Ponencia: Segunda Ponencia: Texto Plenaria: Conciliación
Resumen:
Con esta iniciativa se busca resolver las controversias que han surgido entre los jueces laborales y Tribunales Contencioso Administrativo como también entre el Consejo Superior de la Judicatura Sala Disciplinaria, por lo tanto se interpreta y aclara los artículos 2º numeral 4º de la Ley 712 de 2001 y artículo 11 íbidem, en los términos de los artículos 11 y 25 del Código Civil, en el sentido de determinar que la competencia para conocer los conflictos, diferencias y controversias entre los afiliados (maestros – pensión gracia) y la Caja Nacional de Previsión, Instituto de Seguro Social, es la Jurisdicción Ordinaria Laboral y no los Tribunales Contencioso Administrativos