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Senado: 030/11
Camara:

POR LA CUAL SE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE PENSIÓN DE VEJEZ POR ALTO RIESGO PARA LOS CONTROLADORES DE TRÁNSITO AÉREO DE LA AERONÁUTICA CIVIL

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.S. JUAN CARLOS VéLEZ URIBE
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Fecha de Presentación: 26 Julio 2011
Repartido a Comisión: SEPTIMA
Ponente Primer Debate: HH.SS. Coord: Gloria Inés Ramírez - Ponente: Edinson Delgado
Ponente Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado: ARCHIVADO
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
Gaceta No 547/11 Gaceta 835/11 - Mod Concepto del MinSalud Gaceta 104/12.
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate:
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado:
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Camara: Primera Ponencia Camara: Segunda Ponencia Camara:
Texto Plenaria Camara: Conciliación Camara: Objeciones Camara:
Tema: SEGURIDAD SOCIAL
Resumen:
La actividad de los Controladores Aéreos es de Alto Riesgo para la salud del trabajador de acuerdo al Decreto 2090 de 2003. Los Controladores de tráfico aéreo dirigen el movimiento de las aeronaves en el espacio aéreo y en los aeropuertos utilizando radio, radar y señalizaciones luminosas y proporcionan informaciones pertinentes a los pilotos. La prerrogativa conferida a los trabajadores que laboran en actividades de alto riesgo consiste en una prestación definida para acceder al beneficio pensional a edades inferiores a las establecidas para la generalidad de los trabajadores, en atención a la reducción de vida saludable a que se ven expuestos. La edad para el reconocimiento de la pensión especial de vejez se disminuirá un (1) año por cada 60 semanas de cotización especial, adicionales a las mínimas requeridas en el Sistema General de Pensiones, sin que dicha edad sea inferior a 50 años.
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