Se busca establecer las condiciones mínimas para la habilitación y el funcionamiento de los Centros o Instituciones que prestan servicios de atención a la Persona Mayor, para contribuir a garantizar el derecho a tener una vida digna, sin discriminaciones de orden económico, social, racial y cualquiera otro. Esta iniciativa acoge la normatividad internacional y la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez, la cual pretende asegurar la participación de las Personas Mayores en la sociedad y su inclusión en la Política de Manejo Social del Riesgo (MSR). Están obligados a cumplir las disposiciones aquí previstas todos los Centros o Instituciones Públicos o Privados, creados para brindar atención y actuar a favor de la Persona Mayor, constituyéndose en una o más de las modalidades de: Centros (residenciales, día, atención domiciliaria y de tele asistencia domiciliaria). Se entiende por Persona Mayor aquella persona sin distingo social, religioso, cultural, étnico, racial o de género, mayor de 60 años.