Camara: |
---|
POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES PARA GARANTIZAR A LA POBLACIÓN DE AGRICULTORES, TRABAJADORES MINEROS Y PESCADORES COLOMBIANOS EL ACCESO A UNA PENSIÓN DE JUBILACIÓN CAMPESINA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES |
TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA | |
Autor: | H.S. JUAN CóRDOBA SUáREZ |
Origen: | SENADO DE LA REPUBLICA |
Fecha de Presentación: | 21 Septiembre 2011 |
Repartido a Comisión: | SEPTIMA |
Ponente Primer Debate: | H.S. Guillermo Santos |
Ponente Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 01 Enero 0000 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 |
Estado: | ARCHIVADO |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
Gaceta No 702/11 |
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES | |
Ponentes Primer Debate: | |
Ponentes Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 01 Enero 0000 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 |
Estado: |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
La presente Ley tiene como objeto establecer una pensión de jubilación para los trabajadores del campo dedicados a la agricultura, los trabajadores de la pequeña minería y los pescadores artesanales en Colombia que alcancen 65 años de edad y que al momento de promulgarse la presente Ley tengan una edad mínima de 55 años, quienes debido a su
situación socio económica no tendrían oportunidad de recibir una pensión sin apoyo estatal |