Camara: 211/11 |
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MEDIANTE LA CUAL SE REGLAMENTA LA SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE ESCOLAR EN EL TERRITORIO NACIONAL |
TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA | |
Autor: | H.R. AUGUSTO POSADA SáNCHEZ |
Origen: | CAMARA DE REPRESENTANTES |
Fecha de Presentación: | 11 Abril 2011 |
Repartido a Comisión: | SEXTA |
Ponente Primer Debate: | H.S. Olga Suárez Mira |
Ponente Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 30 Mayo 2012 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 14 Junio 2012 |
Estado: | OBJETADO |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
Gaceta 236/12 | Gaceta 312/12 | Gaceta 535/12 | Gaceta 381/12 |
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES | |
Ponentes Primer Debate: | H.R. JAIRO QUINTERO TRUJILLO |
Ponentes Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 08 Junio 2011 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 30 Agosto 2011 |
Estado: |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
Gaceta 191/11 | Gaceta 363/11 | Gaceta 537/11 | Gaceta 668/11 | Gaceta 382/12 |
Se establecen algunos requisitos para el transporte escolar de menores de edad, y se establecen los responsables de sufragar los gastos correspondientes a la consecución de los implementos técnicos. Se determina cuales servicios de transporte pueden ser considerados como transporte escolar, indicando quienes pueden prestar el servicio y sus respectivos beneficiarios. Se establece una obligación especial para que los establecimientos educativos remitan una a las Alcaldías de cada municipio el listado de los vehículos que prestan servicio de transporte escolar, los documentos que acrediten la propiedad, la licencia de conducción, el SOAT y los nombres de los conductores que prestan el servicio de transporte de menores, a la entidad educativa y/o a los padres de familia de los alumnos adscritos a dicha Institución.
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