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Senado: 011/11, Acum 012/11, Acumulado 163/11 C,116/11 C, 153/11 C
Camara:

POR LA CUAL SE ESTABLECE EN COLOMBIA EL SISTEMA DE PUNTOS EN LA LICENCIA DE CONDUCCIÓN, LA FIGURA DEL DEFENSOR DEL CONDUCTOR E INCENTIVOS A LA CONDUCCIÓN RESPONSABLE Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.R. GLORIA STELLA DíAZ , CARLOS BAENA, MANUEL VíRGUEZ
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Fecha de Presentación: 20 Julio 2011
Repartido a Comisión: SEXTA
Ponente Primer Debate: H.S. Plinio Olano Becerra.
Ponente Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado: LEY
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
518/11
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate: LUIS GUILLERMO BARRERA, DIEGO PATIñO, JAIRO ORTEGA, DIEGO NARANJO, CIRO RODRíGUEZ, JOSé CAICEDO.
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado:
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Camara: Primera Ponencia Camara: Segunda Ponencia Camara:
Texto Plenaria Camara: Conciliación Camara: Objeciones Camara:
Tema: OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE
Resumen:
Se establece el Sistema de Licencia de Conducción por puntos, mediante el cual al titular de la licencia de cualquier categoría, se le asignará un total de doce puntos, los cuales serán reducidos o recuperados de acuerdo a su comportamiento como conductor, además de las causales de suspensión de la licencia previstas en la Ley 769 de 2002, se adiciona los términos de suspensión de la licencia, de acuerdo al artículo 131 del Código de Tránsito, de acuerdo a la reducción del número de puntos, de la misma manera indica que la Licencia de conducción se cancelará por la pérdida de los doce puntos asignados por tercera vez. La pérdida de puntos será reportada diariamente por los organismos de tránsito, al Sistema Integrado de Multas y Sanciones por infracciones de tránsito. Se adiciona un numeral al inciso primero del art. 122 de la Ley 769 de 2002, que contempla dentro las sanciones previstas, la pérdida de puntos. Se establecen unos incentivos en el impuesto sobre vehículos automotores y en la revisión tecnomecánica, cuando un conductor no haya sido sancionado por infracciones de tránsito durante el año anterior, la Entidad Territorial podrá decretar un descuento del 15% y 10%, respectivamente.
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