Camara: 308/09 |
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"Por la cual se reglamenta el Ejercicio Profesional del Tecnólogo en Criminalística y Ciencias Forenses" |
TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA | |
Autor: | HH.SS. Rubén Darío Quintero – HH.RR. Omar Flórez Vélez. |
Origen: | Senado de la Republica |
Fecha de Presentación: | 01 Agosto 2007 |
Repartido a Comisión: | Sexta |
Ponente Primer Debate: | HH.SS. Rampon Elías López. |
Ponente Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 20 Mayo 2008 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 25 Marzo 2009 |
Estado: | ARCHIVADO. Artículo 190, ley 5 de 1992. |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
Gaceta 366/07 | Gaceta 627/07 | Gaceta 910/08 | Gaceta 189/09 |
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES | |
Ponentes Primer Debate: | |
Ponentes Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 01 Enero 0000 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 |
Estado: |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
La presente ley define la actividad profesional de los Tecnólogos en Criminalística y Ciencias Forenses reglamenta su ejercicio o prácticas profesionales, determina su naturaleza, campo de aplicación, señala su organización y acreditación por parte del Gobierno Nacional.El ejercicio profesional del Tecnólogo en Criminalística y Ciencias Forenses tiene como función el asesoramiento técnico a los jueces y funcionarios judiciales para acompañar la recolección de pruebas para comprobar la presunta responsabilidad penal. Además pueden adelantar estudios sociales y criminológicos, para contribuir con su formación profiláctica a contrarrestar el alto índice de impunidad y de corrupción, que hoy presenta la justicia colombiana.
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