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Senado: 144/07
Camara: 223/08

"Por medio de la cual se aprueba el “Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo”, Adoptado en la Octogésima Quinta (85ª) Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra, el diecinueve (19) de junio de mil novecientos noventa y siete (1997)"

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: Min. Relac. Ext. Dr. Fernando Araujo Perdomo – Min. Protección Social Dr. Diego Palácio B.
Origen: Senado de la Republica
Fecha de Presentación: 20 Septiembre 2007
Repartido a Comisión: Segunda
Ponente Primer Debate: HH.SS. Nancy Patricia Gutierrez.
Ponente Segundo Debate: HH.SS. Nancy Patricia Gutierrez.
Fecha de Aprobación Primer Debate: 04 Diciembre 2007
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 07 Diciembre 2007
Estado: LEY 1197 DE 05 DE JUNIO DE 2008.
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos: Primera Ponencia: Segunda Ponencia: Texto Plenaria: Conciliación
Gaceta 469/07 Gaceta 564/07 Gaceta 642/07 Gaceta 24/08
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate: HH.RR. Lidio Arturo García Turbay.
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 08 Abril 2008
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 06 Mayo 2008
Estado:
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos: Primera Ponencia: Segunda Ponencia: Texto Plenaria: Conciliación
Gaceta 85/08 Gaceta 149/08 Gaceta 250/08
Tema:
Resumen:
A raíz de las detenidas discusiones celebradas en sus 265ª y 267ª reuniones (marzo y noviembre de 1996), el Consejo de Administración decidió inscribir en el orden del día de la 85ª Reunión (1997) de la Conferencia Internacional del Trabajo la cuestión relativa a la presentación de una enmienda a la Constitución de la OIT por la que se facultaría a la Conferencia para derogar los Convenios obsoletos así como para la presentación de las correspondientes enmiendas al reglamento de la Conferencia. Así, la enmienda constituye un hito en la historia de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo - OIT, pues dotará por primera vez a la Conferencia de un mecanismo apropiado, con todas las garantías necesarias, para actualizar el conjunto de normas internacionales del trabajo y asegurar su coherencia.
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