nuevas formas de omisión o retardo en la entrega de información requerida judicialmente a través del uso de red computacional, electrónica, digital, así como de comunicaciones que impliquen la utilización de nuevas tecnologías, se hace no solo conveniente sino necesaria ante la insuficiencia normativa en la regulación de comportamientos que involucran adelantos tecnológicos disímiles a los tradicionalmente utilizados, y que por su misma naturaleza no pueden constituirse en nuevos supuestos de reproche a través de una interpretación extensiva de la ley penal.