Camara: 281/06 |
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"POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA MONUMENTO NACIONAL AL TEMPLO DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DEL MUNICIPIO DE RÍO DE ORO, DEPARTAMENTO DEL CESAR Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" |
TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA | |
Autor: | H.R. Armando Amaya Alvarez, Alfredo Cuello Bautc |
Origen: | Camara de Representantes |
Fecha de Presentación: | 17 Mayo 2006 |
Repartido a Comisión: | Cuarta |
Ponente Primer Debate: | H.S. Manuel Virguez Piraquive |
Ponente Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 01 Enero 0000 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 |
Estado: | Archivado |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
Gaceta 203/07 | Gaceta 286/07 |
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES | |
Ponentes Primer Debate: | H.R. Ricardo Chagin Plorian |
Ponentes Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 13 Junio 2006 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 10 Octubre 2006 |
Estado: | Archivado |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
Gaceta 131/06 | Gaceta 175/06 | Gaceta 412/06 |
El mandato constitucional establecido en el artículo 365 de nuestra Carta, contempla que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y que es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional, mandato que no se cumple, específicamente, en el marco de la estructura tarifaria, lo que hace necesario modificar esta disposición eliminando aquellos aspectos, que como el cargo fijo gravan de manera injustificada las tarifas de los servicios públicos domiciliarios
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