La vivienda es uno de los derechos sociales y económicos de los colombianos; el artículo 51 de la Carta Magna, lo contempla como derecho a la vivienda digna y dice que el Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho. Hay que reconocer que la falta de financiación de la vivienda, especialmente de la urbana, ha generado la baja ejecución de los subsidios, devolviéndose en muchos departamentos subsidios que no lograron completarse con la financiación. En este tema el Gobierno con los microcréditos y otras propuestas debe asegurar las normas y los recursos, que permitan alcanzar las metas propuestas en el Plan de Desarrollo "Hacia un Estado Comunitario"