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Senado: 069/05
Camara: 250/05

"POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 82 DEL CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 30 DE LA LEY 446 DE 1998"

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.S OSWALDO DARÍO MARTÍNEZ BETANCOURT
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Fecha de Presentación: 17 Agosto 2005
Repartido a Comisión: PRIMERA
Ponente Primer Debate: H.S CARLOS GAVIRIA DIAZ
Ponente Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 09 Noviembre 2005
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 13 Diciembre 2005
Estado: LEY 1107 DE 2006. GAC 8/07
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos: Primera Ponencia: Segunda Ponencia: Texto Plenaria: Conciliación
GACETA 538/05 GACETA 702/05 GACETA 848/05 GACETA 904/05 GACETA 629/06
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate: H.R ZAMIR SILVA AMIN, MIRIAM PAREDES AGUIRRE
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 29 Agosto 2006
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 31 Octubre 2006
Estado: LEY 1107 DE 2006. GAC 8/07
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos: Primera Ponencia: Segunda Ponencia: Texto Plenaria: Conciliación
GACETA 178/06 GACETA 423/06 GACETA 536/06
Tema:
Resumen:
Esta propuesta consiste en la eliminación del calificativo “administrativos” que hoy contiene el artículo 82 del Código contencioso Administrativo para las controversias y litigios cuyo conocimiento está atribuido a dicha jurisdicción, permitiría establecer un criterio orgánico para su determinación, así como solucionar importantes diferencias que, sobre dicha cláusula, vienen presentándose en las diferentes jurisdicciones y que generan una profunda inseguridad jurídica en asunto tan trascendente como el establecimiento del juez competente para la solución de conflictos en los que está comprometida una persona jurídica de derecho público.
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