La violencia al interior de los hogares también es ejercida por terceros que no perteneciendo al núcleo familiar, tienen a su cargo el cuidado de uno o varios miembros de una familia, la pretensión de este proyecto de ley es incluir a estos terceros como sujetos activos de este tipo penal. Para ello, la propuesta también contempla una condición muy especial, cual es la de que estos terceros presten sus servicios en el domicilio de los sujetos pasivos. Lo anterior por cuanto, es la confianza que la familia deposita en ese tercero, que reside gran parte del tiempo, si no todo, bajo el mismo techo, así como el lugar que esta persona ocupa al interior del hogar lo que justifica plenamente un sujeto activo más amplio del contemplado actualmente en la ley.