Camara: |
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"POR MEDIO DEL CUAL SE INTERPRETA POR VÍA DE AUTORIDAD, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 150 NUM. 1º DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA, LA LEY 909 DE SEPTIEMBRE 23 DE 2004 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" |
TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA | |
Autor: | H.S JESÚS BERNAL AMOROCHO |
Origen: | SENADO DE LA REPUBLICA |
Fecha de Presentación: | 27 Septiembre 2005 |
Repartido a Comisión: | SEPTIMA |
Ponente Primer Debate: | H.S JESÚS BERNAL AMOROCHO |
Ponente Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 01 Enero 0000 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 |
Estado: | ARCHIVADO EL 27 DE JUNIO DE 2006 |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
GACETA 685/05 | GACETA 898/05 |
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES | |
Ponentes Primer Debate: | |
Ponentes Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 01 Enero 0000 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 |
Estado: |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
La Ley 909 de 2004 otorgó la facultad de reglamentar la ley en cabeza del ejecutivo, que fue más allá rompiendo el derecho a la igualdad, contrariando los intereses públicos sociales, el objetivo y el propósito de la ley reglamentada y, desconociendo principios constitucionales, creando confusión en la aplicación de la norma.
Por ello es necesario evitar que disposiciones contenidas en los Decretos Reglamentarios como el artículo 24 del Decreto 760 de marzo 17 de 2005, rompan el equilibrio constitucional, estableciendo disposiciones que afectan el debido proceso, el derecho de defensa y la separación que debe existir entre las ramas del poder público. |