Camara: 276/06 |
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"POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL PAGO DEL AUXILIO FUNERARIO DE LOS PENSIONADOS DE LAS EMPRESAS DE OBRAS SANITARIAS LIQUIDADAS EMPOS" |
TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA | |
Autor: | H.S FLOR MODESTA GNECCO ARREGOCES |
Origen: | SENADO DE LA REPUBLICA |
Fecha de Presentación: | 15 Septiembre 2005 |
Repartido a Comisión: | SEPTIMA |
Ponente Primer Debate: | H.S FLOR GNECCO ARREGOCES |
Ponente Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 13 Diciembre 2005 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 19 Abril 2006 |
Estado: | ARCHIVADO |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
GACETA 639/05 | GACETA 702/05 | GACETA 52/06 | GACETA 109/06 |
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES | |
Ponentes Primer Debate: | |
Ponentes Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 01 Enero 0000 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 |
Estado: | ARCHIVADO |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
El proyecto se refiere al caso de los pensionados de las Empresas de Obras Sanitarias EMPOS, la cual fue liquidada y el pago de su pensión fue asumido por el Instituto de Seguros Sociales, pero se excluyó del artículo el pago del auxilio funerario como sí lo tienen los demás pensionados que asume el Seguro Social. Esta diferencia se encuentra en el Capítulo V Prestaciones Adicionales, Artículo 51 de la Ley 100 de 1993.
Esta diferencia del no pago del auxilio funerario a los pensionados del EMPOS, viola el principio de igualdad consignado en la Constitución Política y discrimina a un grupo de personas que siendo de la tercera edad, y teniendo en cuenta que su pensión mensual no es lo suficientemente alta, no cuentan con los recursos económicos para que sus familiares una vez ellos fallezcan, asuman el costo de los gastos funerarios. El presente proyecto pretende solucionar esa desigualdad existente. |