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Senado: 096/19
Camara:

POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LA CÁTEDRA PARA EL FOMENTO DE UNA VIDA SALUDABLE EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN PREESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA DEL PAÍS

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.S. ANTONIO LUIS ZABARAIN GUEVARA, ANA MARIA CASTAÑEDA GOMEZ, HORACIO JOSE SERPA MOCADA, JULIAN BEDOYA PULGARIN, CARLOS ANDRES TRUJILLO GONZALEZ, SOLEDAD TAMAYO TAMAYO, JHONY MOISES BESAILE FAYAD
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Tipo de Ley: ORDINARIA
Fecha de Presentación: 05 Agosto 2019
Repartido a Comisión: SEXTA
Fecha de Envio a Comisión: 13 Agosto 2019
Ponente Primer Debate: H. S. ANA MARÍA CASTAÑEDA GOMEZ, HORACIO SERPA MONCADA, CARLOS TRUJILLO GONZALEZ, JOHN BESAILE FAYAD,AMANDA ROCIO GONZALEZ, CRISELDA LOBO SILVA, ANTANAS MOCKUS SIVISCAS, JONATAN TAMAYO PEREZ.
Ponente Segundo Debate: H.S.ANA MARÍA CASTAÑEDA GOMEZ, ANTONIO LUIS ZABARAIN, HORACIO SERPA MONCADA,AMANDA ROCIO GONZALEZ,CARLOS ANDRES TRUJILLO,CRISELDA LOBO SILVA JOHN MOISES BESAILE FAYAD,JONATAN TAMAYO PEREZ.
Fecha de Aprobación Primer Debate: 11 Diciembre 2019
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Conciliación: 01 Enero 0000
Estado: ARCHIVADO articulo 190 ley 5/92
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
Gaceta 735/19 Gaceta 1203/19 Gaceta 284/20
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
Conceptos: Texto Rehecho: Sentencia Corte:
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate:
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Conciliación: 01 Enero 0000
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: Primera Ponencia Cámara: Segunda Ponencia Cámara:
Texto Plenaria Cámara: Conciliación Cámara: Objeciones Cámara:
Conceptos: Texto Rehecho:
Tema: ALIMENTO
Iniciativa: CONGRESIONAL
Resumen:
La presente ley tiene por objeto proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, insertando de manera obligatoria en el sistema educativo colombiano, mecanismos efectivos que permitan la introducción de valores para el autocuidado y prevención del consumo de sustancias psicoactivas, SPA, con el fin de procurar una vida saludable.

Así, a partir del siguiente año lectivo a la sanción de esta ley, se establecerá de manera obligatoria la cátedra de “fomento de una vida saludable”, a través de la cual se incentivarán valores de autocuidado para una vida saludable y prevención de consumo de sustancias psicoactivas, SPA, en los niveles de educación: preescolar, básica y media. El ámbito de aplicación de la presente ley, abarca a todas las instituciones de educación pública y privadas del país.

Con dicho objetivo trazado, el Ministerio de Educación, atendiendo los ejes obligatorios en ética y valores según lo dispone la Ley 115 de 1994, implementará una cátedra obligatoria sin que se afecte la aplicación de otras materias de carácter obligatorio en las etapas primaria, básica y media. La cátedra tendrá en cuenta todos aquellos aspectos que ayuden a generar valores de autocuidado en la población de niños y adolescentes en el país, según la edad, haciendo énfasis en estilos de vida saludable como la alimentación, el deporte y la prevención de conductas como el consumo de sustancias psicoactivas, SPA, incluyendo el consumo de alcohol y tabaco.

Adicionalmente, el Ministerio de Educación deberá establecer los mecanismos necesarios para que esta cátedra sea implementada en todo el territorio nacional, considerando las edades y circunstancias de quienes la reciben. Las gobernaciones y las alcaldías del país, para la implementación de esta ley, deberán tener en cuenta los estándares internacionales en materia de prevención, así como también, las más altas consideraciones en avances tecnológicos como plataformas virtuales o cualquier otro medio que garantice la interacción entre los maestros, los educandos y los padres de familia.

La implementación de esta ley se hará previa capacitación a los docentes y la socialización a padres y/o cuidadores. Para la implementación de esta cátedra, se tendrá en cuenta el principio de autonomía de la educación.
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