» Back
Imprimir

Senado: 058/19
Camara: 041/18

POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA Y SE ADICIONA LA LEY 47 DE 1993. "CONTRIBUCIÓN PARA EL USO DE LA INFRAESTRUCTURA PUBLICA TURISTICA"

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.R. ELIZABETH JAI-PANG DIAZ, JOSE LUIS CORREA LOPEZ, VICTOR MANUEL ORTIZ JOYA, ADRIANA GOMEZ MILLAN, ALEXANDER HARLEY BERMUDEZ LASSO, HENRY FERNANDO CORREAL HERRERA, JEZMI LIZETH BARRAZA ARRAUT, JUAN CARLOS REINALES AGUDELO
Origen: CÁMARA DE REPRESENTANTES
Tipo de Ley: ORDINARIA
Fecha de Presentación: 24 Julio 2018
Repartido a Comisión: TERCERA
Fecha de Envio a Comisión: 01 Enero 2019
Ponente Primer Debate: H.S. MARIA DEL ROSARIO GUERRA DE LA ESPRIELLA
Ponente Segundo Debate: H.S. MARIA DEL ROSARIO GUERRA DE LA ESPRIELLA
Fecha de Aprobación Primer Debate: 08 Junio 2020
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Conciliación: 01 Enero 0000
Estado: ARCHIVADO Conforme ley 5 de 1992
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
Gaceta 40/20 Gaceta 309/20
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
Conceptos: Texto Rehecho: Sentencia Corte:
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate: H.R. ARMANDO ANTONIO ZABARAÍN DE ARCE, ÓSCAR DARÍO PÉREZ PINEDA, JOHN JAIRO CÁRDENAS MORÁN
Ponentes Segundo Debate: H.R. ARMANDO ANTONIO ZABARAÍN DE ARCE, ÓSCAR DARÍO PÉREZ PINEDA, JOHN JAIRO CÁRDENAS MORÁN
Fecha de Aprobación Primer Debate: 06 Noviembre 2018
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 21 Mayo 2019
Fecha de Conciliación: 01 Enero 0000
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: Primera Ponencia Cámara: Segunda Ponencia Cámara:
Gaceta 565/18 Gaceta 895/18 Gaceta 1154/18
Texto Plenaria Cámara: Conciliación Cámara: Objeciones Cámara:
Gaceta 862/19
Conceptos: Texto Rehecho:
Tema: TURISMO
Iniciativa: CONGRESIONAL
Resumen:
El presente proyecto de Ley tiene como objeto modificar los artículos 19 y 20 e incluir un parágrafo en el artículo 19 de la Ley 47 de 1993 que habilite la posibilidad de que en la destinación de los recursos recaudados por concepto de la contribución para el uso de la infraestructura pública turística del departamento, se incluya la salubridad pública; la modernización, dotación, implementación de nuevas tecnologías en salud; y la prestación de servicios de salud no habilitados en el Departamento Archipiélago, con la finalidad de fortalecer la competitividad turística de las islas en los estándares nacionales e internacionales, a través del mejoramiento de la calidad en la prestación del servicio de salud de los visitantes y la salubridad pública de las islas, y a su vez, lograr un beneficio para los habitantes del Departamento.

En este sentido, establece el proyecto de ley que se adicione a la Ley 47 de 1993 “por la cual se dictan normas especiales para la organización y el funcionamiento del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina” el artículo 19 consistente en la creación de la “la contribución para el uso de la infraestructura pública turística y de la salud que deberá ser pagada por los turistas y los residentes temporales del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones que rijan para las entidades territoriales. La empresa transportadora será la encargada de recaudar esta contribución y entregarla a las autoridades departamentales dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante la presentación de la relación de los tiquetes vendidos, hacia o desde el Departamento Archipiélago, determinado el número del tiquete y el nombre del pasajero.

Adicionalmente, consagra que el incumplimiento de las disposiciones contenidas en este artículo dará lugar a la imposición de multas sucesivas de hasta 100 salarios mínimos legales mensuales, sin perjuicio de las sanciones penales y administrativas a que hubiere lugar. Y que los turistas extranjeros, además de la contribución de que trata el presente artículo, deberán acreditar a la entrada a las islas un seguro de salud público o privado, valido en Colombia, por el tiempo de su estadía.

Finalmente, respecto al monto y destinación de la contribución para el uso de la infraestructura pública turística y de la salud. La Asamblea Departamental determinará el monto de la contribución prevista en el artículo anterior, de acuerdo con el tiempo de permanencia de las personas y con la actividad que se pretenda desarrollar en el departamento. Los recaudos percibidos por concepto de la contribución prevista en el artículo anterior, se destinarán específicamente a la ejecución de las normas relacionadas con el mejoramiento, mantenimiento, adecuación y modernización de la infraestructura pública turística; la preservación de los recursos naturales; la salubridad pública; la modernización, dotación e implementación de nuevas tecnologías en salud; y la prestación de servicios de salud no habilitados en el Departamento Archipiélago.

Ahora bien, en la exposición de motivos el proyecto señala que la principal actividad económica del Departamento es el turismo. Sin embargo, “la falta de medicamentos y las fallas en los instrumentos médicos han provocado que varias actividades de turismo que se realizan también se vean afectadas.” 3 En consecuencia, la Procuraduría General de la Nación considera que el Departamento está atravesando por una “grave crisis en materia de salud” y ha manifestado su preocupación al respecto “ya que está en riesgo la salud de propios y turistas.”

Por otro lado, “uno de los atractivos que más buscan los turistas en San Andrés y Providencia es la posibilidad de bucear, sin embargo, el cambio de presión que experimenta el cuerpo descendiendo y saliendo del agua pueden desencadenar un embolismo gaseoso arterial o la descompresión del organismo. El problema en San Andrés es que la cámara hiperbárica que le entregaron a la Secretaría de Turismo no tuvo los mantenimientos necesarios y dejó de funcionar el 29 de enero pasado “no tenemos cómo solucionar problemas de presiones o algo por el estilo en los turistas”, agrega un prestador de servicios de buceo en San Andrés.

Debido a la preocupante situación de vulnerabilidad en materia de atención médica y hospitalaria de los turistas y viajeros que visitan las islas, este proyecto busca garantizar el mejoramiento y modernización del servicio de salud que se le presta al visitante durante su estadía en el Departamento Archipiélago.
» Back Next entry

Ver o Descargar Texto Radicado