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Senado: 037/19
Camara:

POR MEDIO DEL CUAL SE ESCINDE LA SUBDIRECCIÓN DE LA RED TERCIARIA DE LA SUBDIRECCIÓN DE LA RED FÉRREA, SE DELIMITAN SUS FUNCIONES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.S. CRISELDA LOBO SILVA, VICTORIA SANDINO SIMANCA HERRERA, PABLO CATATUMBO TORRES VICTORIA, JULIAN GALLO CUBILLOS, H.R. CARLOS CARREÑO MARIN, JAIRO REINALDO CALA SUAREZ, OMAR DE JESUS RESTREPO, LUIS ALBERTO ALBAN URBANO.
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Fecha de Presentación: 24 Julio 2019
Repartido a Comisión: SEXTA
Ponente Primer Debate: H.S. CRISELDA LOBO SILVA
Ponente Segundo Debate: H.S. CRISELDA LOBO SILVA
Fecha de Aprobación Primer Debate: 05 Noviembre 2019
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado: ARCHIVADO articulo 190 ley 5/92
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
Gaceta 717/19 Gaceta 971/19 Gaceta 239/20
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
Conceptos: Texto Rehecho:
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate:
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: Primera Ponencia Cámara: Segunda Ponencia Cámara:
Texto Plenaria Cámara: Conciliación Cámara: Objeciones Cámara:
Conceptos: Texto Rehecho:
Tema: DISTRITO
Iniciativa: CONGRESIONAL
Resumen:
El objeto de la presente ley es escindir la Subdirección de la Red Terciaria de la Subdirección Férrea al interior de la Dirección operativa del Instituto Nacional de Vías -INVIAS- con el propósito de maximizar la eficiencia de cada una de las subdirecciones debido a la diferencia en su objeto, la particularidad de cada una de sus materias y para garantizar el cumplimiento de los objetivos del Instituto.

Así, la Subdirección de la Red Terciaria formulará e impulsará la política del Estado en materia de la red de vías terciarias con la participación de las comunidades, implementando el Plan Nacional de Vías Terciarias, el CONPES 3857 y demás documentos CONPES relacionados a su materia, el Plan Nacional de Desarrollo, y de acuerdo al Plan Nacional de Vías para la Integración Regional. Mientras que La Subdirección de la Red Férrea formulará e impulsará la política del Estado en materia de la red férrea con la participación de las comunidades, implementando el Plan Maestro de Transporte, el CONPES 3512 y demás documentos CONPES relacionados a su materia, el Plan Nacional de Desarrollo, y de acuerdo al Plan Maestro de Transporte Intermodal.

Por otro lado, consagra que el Consejo Nacional Asesor de Vías Terciarias es un organismo anexo a la Subdirección de la Red Terciaria, encargado de la definición de los estándares y criterios de selección, evaluación y desarrollo para la calificación de proyectos, programas y estrategias del Ministerio del Transporte y del Gobierno Nacional que se respecten a sus competencias. Son Objetivos del Consejo Nacional Asesor de vías terciarias: (i) Dictar criterios para la calificación de programas y proyectos en materia de Vías Terciarias en el Plan Nacional de Desarrollo, en los documentos CONPES y en las orientaciones trazadas por el Gobierno Nacional, el Ministerio de Transporte y el Instituto Nacional de Vías -INVIAS-; y (ii) Trazar y desarrollar las herramientas de seguimiento y evaluación de la Política Nacional de Vías Terciarias.
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