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Senado: 216/19
Camara:

POR MEDIO DE LA CUAL SE TOMAN MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA PROTESTA PACÍFICA Y SE CREAN TIPOS PENALES

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.R. VICTOR MANUEL ORTIZ JOYA
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Tipo de Ley: ORDINARIA
Fecha de Presentación: 08 Octubre 2019
Repartido a Comisión: PRIMERA
Fecha de Envio a Comisión: 16 Octubre 2019
Ponente Primer Debate: H.S. LUIS FERNANDO VELASCO CHÁVES
Ponente Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Conciliación: 01 Enero 0000
Estado: ARCHIVADO Conforme al Art 190 de la Ley 5 y 162 de la C.P.
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
Gaceta 1012/19
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
Conceptos: Texto Rehecho: Sentencia Corte:
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate:
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Conciliación: 01 Enero 0000
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: Primera Ponencia Cámara: Segunda Ponencia Cámara:
Texto Plenaria Cámara: Conciliación Cámara: Objeciones Cámara:
Conceptos: Texto Rehecho:
Tema: PENAL
Iniciativa: CONGRESIONAL
Resumen:
El presente proyecto tiene como objeto crear el tipo penal de “vandalismo” en el Código Penal, el cual quedará así:

Arti?culo 367C. Vandalismo: El que, valie?ndose de una protesta, manifestacio?n o movilizacio?n pu?blica, dan?e, atente o destruya los bienes pu?blicos o privados; atente contra la integridad fi?sica de los miembros de la fuerza pu?blica, incurrira? en prisio?n de 6 a 8 an?os y multa de 100 a 500 salarios mi?nimos legales mensuales vigentes.

La pena sen?alada en el arti?culo anterior, sera? de 8 a 10 an?os de prisio?n y multa de 501 a 1000 salarios mi?nimos legales mensuales vigentes, en los siguientes casos:
1. Obrar en coparticipacio?n criminal.
2. Ocultando su rostro total o parcialmente, de tal manera que no permitan su identificacio?n o la dificulte.
3. Fabrique, transporte, almacene, distribuya, ofrezca, venda, suministre, adquiera, tenga en su poder, lleve consigo, porte armas o explosivos de fabricacio?n casera o artesanal, o sustancias corrosivas o similares.
4. Si la conducta de los dan?os causados sobre los bienes pu?blicos o privados, cuyo valor superen los 500 salarios mi?nimos legales mensuales vigentes, la pena se aumentara? de una tercera parte a la mitad.

Igualmente, se pretende añadir otro tipo penal que dicte que:
Arti?culo 367D. “El que promueva, ayude, financie, facilite, estimule, incite, induzca o proporcione los medios a realizar la conducta descrita en el arti?culo 367C, incurrira? en prisio?n de 4 a 8 an?os y multa de 50 a 100 salarios mi?nimos legales mensuales vigentes”.
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