Senado: 214/19 POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL PLAN NACIONAL VOLUNTARIO DE DESARME BLANCO |
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TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA | ||
Autor: | H.R. BUENAVENTURA LEON LEON | |
Origen: | CÁMARA DE REPRESENTANTES | |
Fecha de Presentación: | 20 Julio 2018 | |
Repartido a Comisión: | PRIMERA | |
Ponente Primer Debate: | H.S. JUAN CARLOS GARCÍA GÓMEZ | |
Ponente Segundo Debate: | ||
Fecha de Aprobación Primer Debate: | 01 Enero 0000 | |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 | |
Estado: | ARCHIVADO | Conforme al Art 190 de la Ley 5 y 162 de la C.P. |
Exposición de Motivos Senado: | Primera Ponencia Senado: | Segunda Ponencia Senado: |
Gaceta 1070/19 | ||
Texto Plenaria Senado: | Conciliación Senado: | Objeciones Senado: |
Conceptos: | Texto Rehecho: | |
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES | |
Ponentes Primer Debate: | H.R. BUENAVENTURA LEON LEON, ALEJANDRO ALBERTO VEGA PEREZ, INTI RAUL ASPRILLA REYES, LUIS ALBERTO ALBAN URBANO, JOHN JAIRO HOYOS GARCIA, EDWAR ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ. |
Ponentes Segundo Debate: | H.R. BUENAVENTURA LEON LEON, ALEJANDRO ALBERTO VEGA PEREZ, INTI RAUL ASPRILLA REYES, LUIS ALBERTO ALBAN URBANO, JOHN JAIRO HOYOS GARCIA, EDWAR ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ. |
Fecha de Aprobación Primer Debate: | 12 Junio 2019 |
Fecha de Aprobación Segundo Debate: | 03 Septiembre 2019 |
Exposición de Motivos Cámara: | Primera Ponencia Cámara: | Segunda Ponencia Cámara: |
Gaceta 563/18 | Gaceta 955/18 - 975/18 - 262/19 | Gaceta 663/19 |
Texto Plenaria Cámara: | Conciliación Cámara: | Objeciones Cámara: |
Gaceta 983/19 | ||
Conceptos: | Texto Rehecho: | |
Tema: | PENAL |
Iniciativa: | CONGRESIONAL |
El proyecto de ley tiene como objeto la creación de una estrategia en el marco de la convivencia y seguridad ciudadana en el territorio nacional, con el fin de garantizar la creación y el fortalecimiento de la previsión, prevención y control de las lesiones personales, homicidios y delitos cometidos con armas cortopunzantes y/o blancas.
Con tal objetivo crea el PLAN NACIONAL DE DESARME CIUDADANO como un conjunto de estrategias con alto contenido pedagógico y como instrumento para la construcción de una sociedad sin armas. Tendrá como objetivo la creación y consolidación de estrategias que deben sumar enfoques preventivos, de control, simbólicos, comunicativos y de medidas aplicadas, basándose en la difusión de información que conlleve a la reflexión y el diálogo social sobre los riesgos, límites y consecuencias del porte de armas blancas que contribuya al bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en términos de seguridad y convivencia. El Plan estará bajo la coordinación y la acción de la Gobernaciones y Alcaldías Municipales, cada ente territorial desarrollará un plan de acción para el cumplimiento de esta normativa, en concordancia con sus planes de desarrollo, Planes integrales de Convivencia y Seguridad y definiciones de trabajo de las autoridades de Policía presentes en el territorio. Teniendo en cuenta que el Plan busca llegar a diferentes poblaciones y por ende cada municipio creará las estrategias necesarias y particulares para el cumplimiento de la normativa con el fin de llegar diferenciadamente a menores de edad, poblaciones protegidas constitucionalmente, grupos minoritarios y demás poblaciones identificadas en diagnósticos de variables como ciclos vitales y ubicación geográfica según afectación del fenómeno de agresiones en el municipio de acuerdo a las cifras oficiales de Policía, Fiscalía, Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía, Ejército y Medicina Legal. En la implementación del componente policivo, en los territorios Departamentales y/o Municipales de manera coordinada con las instancias encargadas de la seguridad y la convivencia se realizarán operativos permanentes y continuos en los establecimientos públicos, abiertos al público, en el Sistema Integrado de Transporte Público, en los vehículos de Transporte Público Colectivo e individual y en el Espacio Público en general, en lo relativo a la prohibición expresa del porte no autorizado, venta y compra de todo tipo de armas blancas tales como cuchillos, puñales, puñaletas, navajas, manoplas, cachiporras, machetes, garfios, leznas, mazos, hachas, martillos y otros similares para utilizarlos como armas de carácter defensivo u ofensivo, ni instrumentos que puedan emplearse en la comisión de hechos que pongan en peligro la vida y la integridad personal o el patrimonio económico de las personas, en el espacio público, en escenarios deportivos, culturales o de recreación. Finalmente, se establece que se instalarán puestos de control móviles en los lugares en donde se hayan identificado uso delictivo de dichas armas y se procederá a la incautación de los elementos antes mencionados, la cual se realizará por parte de la Policía Nacional y en todos los casos se impondrá el decomiso de las mismas. |
Sección de Leyes Senado. Piso 1 Capitolio Nacional, Teléfonos: (57)(1) 382 5186 - (57)(1) 382 5381 - (57)(1) 382 5367
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