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Senado: 039/18
Camara:

POR LA CUAL SE REDUCEN LAS SANCIONES PARA LOS JÓVENES COLOMBIANOS QUE TENGAN LA CONDICIÓN DE REMISOS

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.S. ANGELICA LISBETH LOZANO CORREA, SANDRA LILIANA ORTIZ NOVA, ANTONIO ERESMID SANGUINO PAEZ, JUAN LUIS CASTRO CORDOBA, JOSE AULO POLO NARVAEZ, LUIS IVAN MARULANDA GOMEZ, JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA, IVAN LEONIDAS NAME VASQUEZ, H.R. JUANITA GOEBERTUS ESTRADA, CATALINA ORTIZ LALINDE, CESAR AUGUSTO ORTIZ ZORRO, INTI RAÚL ASPRILLA REYES, WILMER LEAL PÉREZ, MAURICIO ANDRÉS TORO ORJUELA, NEYLA RUIZ CORREA, LEÓN FREDY MUÑOZ LOPERA.
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Tipo de Ley: -
Fecha de Presentación: 25 Julio 2018
Repartido a Comisión: SEGUNDA
Fecha de Envio a Comisión: 01 Enero 2018
Ponente Primer Debate: H.S. ANTONIO ERESMID SANGUINO PAEZ
Ponente Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Conciliación: 01 Agosto 0000
Estado: ARCHIVADO POR RETIRO DEL AUTOR Articulo 155 ley 5/92 - Aprobado Retiro Sesion Comisión 19 de marzo de 2019
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
GACETA 552/18 GACETA 611/18
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
Conceptos: Texto Rehecho: Sentencia Corte:
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate:
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Conciliación:
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: Primera Ponencia Cámara: Segunda Ponencia Cámara:
Texto Plenaria Cámara: Conciliación Cámara: Objeciones Cámara:
Conceptos: Texto Rehecho:
Tema: MILITAR
Iniciativa: CONGRESIONAL
Resumen:
Con esta iniciativa los jóvenes que no han definido su situación militar, pues a pesar de haberse inscrito y estar aptos y conscriptos, nunca se presentaron a concentración para ingreso a filas, y tienen la condición de “remisos” no han podido definir su situación militar, pues en su condición de “remisos” tienen multas que pueden llega r incluso a los 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes (casi 16 millones de pesos solo de multas), sí se encontraban en el régimen de la Ley 48 de 1993; o que pueden llegar a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes (casi 4 millones de pesos solo en multas), en el régimen sancionatorio de la Ley 1861 de 2017. A esos valores hay que sumarle la cuota de compensación militar que puede llegar incluso a los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes (casi 32 millones de pesos). De esta manera, se busca que los colombianos que a la entrada en vigencia de la presente Ley estuvieran en condición de remisos y cumplan con cualquiera de las causales del artículo 12 de la Ley 1861 de 2017 o tengan 24 años cumplidos, serán beneficiados con la condonación total de las multas que actualmente tengan, quedarán exentos del pago de la cuota de compensación militar y solo cancelarán el quince (15%) por ciento de un SMLMV por concepto de trámite administrativo de la tarjeta de reservista Militar o Policial.
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