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Senado: 031/18
Camara:

POR MEDIO DE LA CUAL SE ADICIONA UN ARTÍCULO AL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO, SE ESTABLECE EL FUERO DE CÓNYUGE, COMPAÑERO O COMPAÑERA PERMANENTE EN CONDICIÓN DE DESEMPLEADO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.S. RICHARD ALFONSO AGUILAR VILLA, ANA MARIA CASTAÑEDA GOMEZ, H.R. FABIAN GERRDO CASTILLO SUAREZ.
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Tipo de Ley: ORDINARIA
Fecha de Presentación: 25 Julio 2018
Repartido a Comisión: SEPTIMA
Fecha de Envio a Comisión: 01 Enero 0000
Ponente Primer Debate: H.S. FABIAN GERARDO CASTILLO SUÁREZ, GABRIEL JAIME VELASCO OCAMPO.
Ponente Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Conciliación: 01 Enero 0000
Estado: ARCHIVADO Art 190 ley 5 de 1992 y Art 162 de la CP. (No se aprobó la Ponencia para Primer Debate en Senado)
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
GACETA 549/18 Gaceta 399/19
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
Conceptos: Texto Rehecho: Sentencia Corte:
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate:
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Conciliación:
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: Primera Ponencia Cámara: Segunda Ponencia Cámara:
Texto Plenaria Cámara: Conciliación Cámara: Objeciones Cámara:
Conceptos: Texto Rehecho:
Tema: LABORAL
Iniciativa: CONGRESIONAL
Resumen:
El objeto del presente Proyecto radica en crear el Fuero de cónyuge, compañero o compañera permanente en condición de desempleado prohibiendo el despido sin justa causa de todo trabajador o trabajadora padre de familia, cuyo cónyuge, compañero o compañera permanente se encuentre desempleado y dentro de su núcleo familiar haya menor de edad, describiendo el procedimiento necesario para hacer efectivo dicho fuero, esto es notificar al empleador de la condición de desempleado del cónyuge dentro de los 8 días siguientes a la fecha del despido, teniendo en cuenta que el fuero se mantendrá por 6 meses siguientes a la fecha de notificación al empleador.
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