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Senado: 198/18
Camara: 252/18

POR LA CUAL SE ADICIONAN Y MODIFICAN ALGUNOS ARTÍCULOS DE LAS LEYES 1122 DE 2007 Y 1438 DE 2011, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES."MENSAJE DE URGENCIA"

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.S. ÁLVARO URIBE VÉLEZ, JOSÉ RITTER LÓPEZ PEÑA, HONORIO MIGUEL HENRÍQUEZ PINEDO, CARLOS FERNANDO MOTOA SOLARTE, GABRIEL JAIME VELASCO OCAMPO, JOSÉ AULO POLO NARVAEZ, NADIA GEORGETTE BLEL SCAFF, EDUARDO ENRIQUE PULGAR DAZA, JESÚS ALBERTO CASTILLA SALAZAR, VICTORIA SANDINO SIMANCA HERRERA, LAURA ESTER FORTICH SANCHEZ, FABIÁN GERARDO CASTILLO SUÁREZ, AYDE LIZARAZO CUBILLOS, MANUEL BITERVO PALCHUCÁN CHINGAL.
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Tipo de Ley: ORDINARIA
Fecha de Presentación: 06 Noviembre 2018
Repartido a Comisión: SEPTIMA
Fecha de Envio a Comisión: 01 Enero 0000
Ponente Primer Debate: H.S. ÁLVARO URIBE VÉLEZ, NADIA GEORGETTE BLEL SCAFF, CARLOS FERNANDO MOTOA SOLARTE, HONORIO MIGUEL HENRÍQUEZ PINEDO, LAURA ESTHER FORTICH SÁNCHEZ, JOSÉ AULO POLO NÁRVAEZ, AYDEÉ LIZARAZO CUBILLOS, JESÚS ALBERTO CASTILLA SALAZAR, JOSE RITTER LÓPEZ PEÑA, MANUEL BITERVO PALCHUCAN CHINGAL, VICTORIA SANDINO SIMANCA HERRERA
Ponente Segundo Debate: H.S. ÁLVARO URIBE VÉLEZ, NADIA GEORGETTE BLEL SCAFF, CARLOS FERNANDO MOTOA SOLARTE, HONORIO MIGUEL HENRÍQUEZ PINEDO, LAURA ESTHER FORTICH SÁNCHEZ, JOSÉ AULO POLO NÁRVAEZ, AYDEÉ LIZARAZO CUBILLOS, JESÚS ALBERTO CASTILLA SALAZAR, JOSE RITTER LÓPEZ PEÑA, MANUEL BITERVO PALCHUCAN CHINGAL, VICTORIA SANDINO SIMANCA HERRERA
Fecha de Aprobación Primer Debate: 04 Diciembre 2018
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 19 Diciembre 2018
Fecha de Conciliación: 01 Enero 0000
Estado: LEY 1949 DEL 8 DE ENERO DE 2019
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
Gaceta 958/2018 Gaceta 1063/18 Gaceta 1114/18
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
Gaceta 1124/18
Conceptos: Texto Rehecho: Sentencia Corte:
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate: H.R. Jennifer Kristin Arias Falla
Ponentes Segundo Debate: H.R. JAIRO HUMBERTO CRISTO CORREA, JUAN DIEGO ECHAVARRIA SÁNCHEZ, NORMA HURTADO SÁNCHEZ, FABIÁN DÍAZ PLATA, JORGE ALBERTO GÓMEZ GALLEGO, CARLOS EDUARDO ACOSTA LOZANO, JHON ARLEY MURILLO BENITEZ
Fecha de Aprobación Primer Debate: 04 Diciembre 2018
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 18 Diciembre 2018
Fecha de Conciliación:
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Cámara: Primera Ponencia Cámara: Segunda Ponencia Cámara:
gaceta 1063/18 Gaceta 1129/18
Texto Plenaria Cámara: Conciliación Cámara: Objeciones Cámara:
Gaceta 1150/18
Conceptos: Texto Rehecho:
Tema: SALUD
Iniciativa: CONGRESIONAL
Resumen:
Esta iniciativa tiene por finalidad fortalecer la capacidad institucional de la Superintendencia Nacional de Salud en materia sancionatoria. Adicionalmente se redefinen las competencias de la superintendencia, en materia de reintegro de recursos apropiados o reconocidos sin justa causa y en lo que respecta a la función jurisdiccional y de conciliación, modificando también en esta última, los términos procesales para decidir los asuntos de su conocimiento. También, se adoptan medidas encaminadas a mitigar los efectos negativos de los procesos de reorganización en el flujo de recursos y pago de acreencias de las entidades que intervienen en estos, definiendo nuevas competencias en materia contable. incorporar algunos cambios en el modelo de inspección, vigilancia y control vigente del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a efectos de proteger el derecho fundamental a la salud de los colombianos y, por ende, desestimular el reiterado y habitual incumplimiento de las obligaciones de los actores del sistema, principalmente, mediante los siguientes 3 ejes: 1. Endurecimiento de las medidas de control, tanto para ordenar los correctivos tendientes a la superación de la situación crítica o irregular de sus vigilados, como para la imposición de las sanciones aplicables por las actuaciones que se aparten del ordenamiento; en particular, a través del ajuste en los montos y naturaleza de las sanciones, sumado al establecimiento de un término de caducidad amplio, de cinco (5) años, de manera que se garantice, la imposición de multas ejemplarizantes a todos aquellos actores que persistan en vulnerar las disposiciones del sistema y los derechos de los usuarios; paralelamente, se amplía el término para decidir los recursos contra los actos definitivos a (2) años, considerando su complejidad y volumen. 2. Especialización y concentración de las funciones de la Superintendencia, retirando aquellas competencias que le han sido agregadas en los últimos años y que no corresponden propiamente, con el objeto y las atribuciones de inspección, vigilancia y control, verbigracia los conflictos derivados del reconocimiento y pago de las prestaciones económicas que actualmente conoce en desarrollo de la función jurisdiccional, y los procesos de reintegro de recursos provenientes de la ADRES. 3. Adopción de nuevas facultades de inspección, vigilancia y control que permitan a la superintendencia, responder a los retos que se plantean en el sector, incluyendo para el efecto, instrumentos y mecanismos de intervención. En concreto: a) la fijación de nuevos tipos de conductas reprochables que propenderán porque la entidad tenga herramientas para hacer seguimiento; b) la adopción de un modelo ampliado de instrucciones y correctivos por la Superintendencia con el fin de poner en práctica el modelo de supervisión basado en riesgos y; c) la limitación del modelo reglamentario de planes de reorganización institucionales de los vigilados con el fin de hacerlo compatible con el eje de medidas especiales.
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